Incumbencias Profesionales
REGLAMENTO DE LA DIRECCION GENERAL DE ASESORIAS PERICIALES DEL PODER JUDICIAL
Dirección General
Secciones y Servicios
Peritos
Departamentales
Organización Administrativa
De la Organización Administrativa
El Jefe de Despacho de la Dirección General de Asesorías Periciales es el superior inmediato de la totalidad del personal administrativo. Le incumbe: a) cumplir y hacer cumplir las órdenes del Director; b) Distribuir el trabajo entre el personal cuidando de su ejecución correcta e informando diariamente sobre su desarrollo; c) velar por la disciplina y cumplimiento del horario; d) firmar los cargos de recepción; e) proponer al Director General las medidas y reformas que estime convenientes para el mejoramiento de la Repartición; f) realizar todo trabajo que le encomiende el Director relativo al funcionamiento de las Asesorías; g) supervisar la organización administrativa de las Asesorías Periciales departamentales procurando establecer un sistema uniforme y eficaz para toda la Provincia; h) podrá convocar, cuando las necesidades del servicio así lo requieran, a los responsables administrativos de la Asesoría Pericial.
Todas las Asesorías Periciales deberán llevar obligatoriamente: a) Libro General de entrada y salida donde constará: fecha de ingreso, número de expediente y en caso de nota u oficio el lugar de procedencia, carátula, Juzgado General o Tribunal interviniente. Sección o Secciones donde debe radicarse la pericia y fecha de salida; b) Libro de adjudicación por fuero donde constará: fecha de ingreso, carátula, nombre del o de los peritos intervinientes identificado por secciones periciales y fecha de salida de los informes individuales; c) Registro de libros de recibo por Sección en correlativos tomos y con sus respectivas foliaturas; d) Fichero de registro de cada biblioteca específica; e) Archivo en biblioratos: 1) para las copias de notas e informes por sección pericial, 2) para comunicaciones y resoluciones de la Suprema Corte de Justicia y de la Dirección General, 3) para movimiento interno de la Oficina y 4) para registro de adquisición de bienes; f) Archivo de duplicado de planilla de estadísticas; g) Archivo de duplicado de cédulas por honorarios oficiales.