Sentencias destacadas tribunales provinciales
El Tribunal de Casación Penal (Sala I) resolvió rechazar, con costas, el recurso de casación interpuesto por la defensa contra la sentencia del Tribunal en lo Criminal Nº 1 del Departamento Judicial de Quilmes, con sede en Florencio Varela, que condenó a Jorge Aldo Costilla a la pena de prisión perpetua, accesorias legales y costas del proceso, por resultar autor responsable del delito de homicidio agravado por ser cometido en un contexto de violencia de género (art. 80 inc. 11 Código Penal).
El Juzgado de Paz de Hurlingham, en la causa Nº 40.195, resolvió dictar medida cautelar en los términos de la ley 26485 y la Ley 27736 (Ley Olimpia) ordenando al denunciado en el plazo de 48 hs el cese de la vigilancia y monitoreo constante hacia la denunciante, el cese de hackeo de dispositivos y aplicaciones, cese de rastreo de ubicación GPS, cese de uso, control, manipulación de dato, cese de conductas amenazantes y persecutorias de control que socaven la sensación de seguridad o el derecho a expresarse en los ámbitos digitales de la víctima, bajo apercibimiento de aplicarle una multa de ochocientos mil pesos diarios.
La Cámara Civil y Comercial (Sala II) de Mar del Plata, en la causa Nº 180.933, resolvió hacer lugar al recurso de la actora, revocar la sentencia del 9 de abril de 2024 y admitir la pretensión contenida en la demanda incoada por F. N. A. S. en contra de C. R. C., condenando a este último a que abone al actor las indemnizaciones descriptas es éstos considerandos.
El Tribunal en lo Criminal Nº 1 de La Plata, en la causa Nº 2356, resolvió aprobar el cómputo de vencimiento de pena y liquidación de costas practicado en autos, declarando, en consecuencia, que al señor Pellegrini se le impuso por sentencia firme la pena de prisión perpetua, y que, de acuerdo a la ley aplicable no tiene derecho a acceder a la libertad condicional, sin perjuicio de lo cual se deja constancia que los treinta y cinco (35) años exigidos por la ley a quienes no están impedidos, se cumplirán, en el caso, el día 06 de enero de 2046, a los efectos indicados en los considerandos.
La Cámara Civil, Comercial y Familia (Sala I) de Lomas de Zamora, en la causa Nº 62.713, resolvió, revocar la sentencia apelada con el alcance indicado en la consideración de las quejas.
La Cámara Civil y Comercial de Junín, en la causa Nº 8382, resolvió receptar el recurso de apelación interpuesto por el actor, y consiguientemente, modificar la sentencia apelada.
La Cámara Civil y Comercial (Sala III) de Mar del Plata, en la causa Nº 179.820, resolvió rechazar el recurso de apelación articulado por la Dra. Rodríguez, como apoderada del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI) y, en consecuencia, confirmar la resolución dictada el 5/12/2023.
El Juzgado de Paz de Daireaux, en la causa Nº 16.179, resolvió no hacer lugar a la disminución de la cuota alimentaria solicitada por la parte actora y en consecuencia mantener el monto de la misma, conforme fuera convenida por las partes en el marco del proceso principal.
El Tribunal de Casación Penal (Sala V) rechazó el recurso del fiscal interpuesto contra la sentencia del Tribunal en lo Criminal nº 3 de San Martín que absolvió a los imputados. El análisis de la injerencia estatal en ámbitos de intimidad constitucionalmente protegidos, debe realizarse ex ante, de modo que exista una sospecha fundada de la existencia de un delito previa a aquella injerencia, sin que pueda legitimarse el accionar -en este caso policial- por el resultado posterior resultante de la intromisión (art. 18 C.N., 225 y 294 inc. 5 del C.P.P.).
El Tribunal de Casación Penal (Sala V) rechazó el recurso interpuesto por la defensa de Sergio Fabián Carragal contra la sentencia del Tribunal en lo Criminal Nº 2 del Departamento Judicial Bahía Blanca que lo condenó, en el marco de un juicio abreviado, a la pena de diez (10) años de prisión, accesorias legales y costas, por encontrarlo autor responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal, en hechos reiterados. La perspectiva de género -como pauta hermenéutica y directriz convencional- pretende erradicar la utilización de parámetros discriminatorios utilizados en perjuicio de las mujeres, violatorios de los principios de igualdad y prohibición de discriminación permitiendo identificar los estereotipos que distorsionan la valoración de la prueba sobre la cual se apoyan las decisiones judiciales. Garantiza así el cumplimiento del principio de igualdad de las partes y la imparcialidad del juzgador. La aplicación de la perspectiva de género constituye una verdadera obligación emanada de los instrumentos internacionales de Derechos Humanos, traducida en el deber de valorar y juzgar los hechos desde la óptica de género.