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Sentencias destacadas tribunales provinciales


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Cámara Civil y Comercial (Sala II) de Azul. Instrumentos públicos. Redargución de falsedad de escritura pública. Falta de discernimiento notoria y manifiesta del cedente. Juicio de capacidad notarial. Inexistencia de falsedad. Falta de diligencia de la notaria. Invalidez de la escritura.

La Cámara Civil y Comercial (Sala II) de Azul, en la causa Nº 68.656, resolvió confirmar la sentencia apelada, por los fundamentos aquí expuestos y en lo que ha sido materia de agravio, en cuanto se hace lugar a la demanda interpuesta por el actor y, en consecuencia, se declara inválida la escritura pública nº 23 de cesión de acciones y derechos hereditarios, instrumentada por la notaria demandada con fecha 27 de febrero de 2018.

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Tribunal de Casación Penal (Sala I). Juicio por Jurados. Inadmisibilidad del recurso del particular damnificado. Prisión Perpetua. Planteo de inconstitucionalidad del art. 14 del Código Penal. Actualidad del gravamen. Fallos "Guerra" y "Soto". Reenvío.

El Tribunal de Jurados dictó veredicto unánime de culpabilidad respecto de Damián Alejandro Lara, por el delito de homicidio agravado "criminis causa"; respecto de Paulo Oscar González, por el delito de homicidio en ocasión de robo; y respecto de Franco Javier Lenci, en orden al delito de robo agravado por haber sido cometido en un lugar poblado y en banda. Por otro lado, respecto del mismo hecho, el Tribunal en lo Criminal nº 2 del Departamento Judicial de Bahía Blanca, por sentencia del 26 de diciembre de 2024, condenó a Ignacio Gabriel Nievas a la pena de prisión perpetua como coautor del delito de homicidio agravado "criminis causa". El Tribunal de Casación Penal (Sala I) resolvió rechazar la queja deducida por la particular damnificada, con costas; rechazar el recurso interpuesto por la defensa de Paulo Oscar González, con costas, contra la sentencia Tribunal en lo Criminal nº 2 de Bahía Blanca que lo condenó a la pena de veinticuatro años de prisión por el delito de homicidio en ocasión de robo; hizo lugar parcialmente al recurso de casación deducido por la defensa de Franco Javier Lenci, sin costas, y casó la sentencia dictada a nivel de la sanción impuesta, condenándolo a la pena de seis años y seis meses de prisión, por el delito de robo agravado por su comisión en poblado y en banda, en carácter de autor; e hizo lugar parcialmente al recurso de casación interpuesto por la defensa de Alejandro Damián Lara, sin costas, casó la sentencia dictada respecto del rechazo del planteo de inconstitucionalidad del artículo 14 del Código Penal con reenvío de las actuaciones al tribunal de la instancia para el dictado de un nuevo pronunciamiento, manteniendo en todo lo demás la condena a prisión perpetua por el delito de homicidio agravado "criminis causa" en carácter de autor, y el resto de las declaraciones de la sentencia; hizo lugar parcialmente, sin costas, al recurso de casación deducido por la defensa de Ignacio Gabriel Nievas, a nivel de la calificación legal establecida en la sentencia aludida y lo condenó por resultar autor del delito de homicidio en ocasión de robo, con reenvío de las actuaciones al tribunal de la instancia anterior, a fin de que, previa audiencia de cesura, se establezca la sanción a imponer al nombrado. Finalmente, reguló los honorarios profesionales del letrado patrocinante de la particular damnificada, y de los letrados defensores.

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Tribunal de Casación Penal (Sala I). Ausencia de la declaración de la víctima. Mayoría (Carral – Violini): Insuficiencia probatoria. Inferencias arbitrarias. Déficit de validación en términos de corroboración. Minoría (Maidana): Corroboración de la hipótesis de la acusación. Fiabilidad de los datos utilizados.

El Tribunal de Casación Penal (Sala I) hizo lugar sin costas -por mayoría -, al recurso de casación interpuesto contra la sentencia pronunciada por el Tribunal en lo Criminal Nº 3 del Departamento Judicial La Matanza que condenó al imputado a la pena de doce (12) años de prisión, accesorias legales y costas, como autor responsable del delito de abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por ser la víctima menor de 18 años aprovechando la situación de convivencia; casó la misma y lo absolvió disponiendo su inmediata libertad, en caso de no mediar impedimento legal alguno.

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Cámara Civil y Comercial (Sala II) de Azul. Contratos. Crédito UVA. Revisión del contrato. Imprevisión.

La Cámara Civil y Comercial (Sala II) de Azul, en la causa Nº 73.045, resolvió revocar la sentencia apelada y su aclaratoria del día 3/6/2024, y rechazar íntegramente la demanda; imponiendo las costas de ambas instancias al actor vencido.

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Cámara Civil y Comercial (Sala I) de Azul. Proceso de adopción de oficio. Readecuaciones procesales.

La Cámara Civil y Comercial (Sala I) de Azul, en la causa Nº 74.457, resolvió hacer lugar a la queja interpuesta con fecha 25.08.2025 y conceder en relación el recurso de apelación oportunamente deducido por la Asesora de Menores Departamental, contra la resolución dictada el día 18.07.2025, por los fundamentos expresados en el apartado II.

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Cámara Civil y Comercial Morón (Sala I). Notificaciones electrónicas. Registro de domicilios electrónicos. Acuerdo SCBA 3989/20. Aval legal. Resguardo del derecho de defensa. Rechazo de planteos de Inconstitucionalidad y nulidad.

La Cámara Civil y Comercial del Departamento Judicial de Morón (Sala I), en la causa Nº20638, resolvió confirmar la sentencia de primera instancia que rechazó el planteo de inconstitucionalidad contra la Acordada 3989/20 de la Suprema Corte bonaerense y sus modificatorias, así como la nulidad de la notificación cursada al domicilio electrónico del letrado interviniente en la etapa de mediación. La alzada destacó que el sistema de notificaciones electrónicas se encuentra avalado legalmente por la ley 15.230 y que su implementación no vulnera el derecho de defensa en juicio, al tratarse de una carga procesal debidamente reglamentada y razonable en su aplicación.

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Tribunal de Casación Penal (Sala V). Suspensión del juicio a prueba (art. 76 bis C.P.). Inhabilitación como pena conjunta. Ofrecimiento de autoinhabilitación.

El Tribunal de Casación Penal (Sala V) hizo lugar al recurso de casación interpuesto por la defensa y anuló el resolutorio pronunciado por la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Azul que confirmó la denegatoria de la suspensión del juicio a prueba y dispuso el reenvío de las actuaciones a la instancia para que, bajo los lineamientos sentados en la sentencia y considerando la necesidad de un ofrecimiento de autoinhabilitación, se celebre audiencia en los términos del artículo 404 del Código Procesal Penal. Para así decidir consideró que la previsión de la pena de inhabilitación como consecuencia de un delito, no configura un obstáculo insalvable para la viabilidad de la suspensión del juicio a prueba, máxime cuando el fiscal considera reunidas las condiciones para su otorgamiento con la propuesta de autoinhabilitación. Esta interpretación puede inferirse de lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los fallos Acosta (F. 331:858) y Norverto (Causa 326 XLI), respecto al alcance del art. 76 bis del Código Penal. Posteriormente, en la causa Tortoriello (3526/2015), la Corte hizo lugar a un recurso contra un rechazo de la suspensión que, si bien se refería a la pena de multa, el delito en trato se conminaba también con pena de inhabilitación conjunta. El dictamen de la Procuradora Fiscal señalaba que la imputada había propuesto, entre otras medidas, autoinhabilitarse lo que resultaba demostrativo del consentimiento fiscal conforme a derecho.

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Cámara Civil y Comercial (Sala II) de Mar del Plata. Locación. Cláusula penal moratoria. Comparación del daño con el monto. Revocación de la morigeración.

La Cámara Civil y Comercial (Sala II) de Mar del Plata, en la causa Nº 181.943, resolvió hacer lugar parcialmente al recurso de la locadora y dejar sin efecto la morigeración de la pena, condenando a la locataria a pagar la totalidad de su cuantía, asimismo, hacer lugar parcialmente al recurso de la locataria y condenar a la locadora a reintegrar el precio recibido por el primer alquiler en proporción a 22 días y elevar la condena por reparación del daño moral sufrido por la locataria a la suma de $ 3.000.000, en ambos casos con más intereses en la forma y a la tasa fijada en los considerandos.

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Cámara Civil y Comercial (Sala I) de La Matanza. Acción de repetición de una ART contra el responsable del hecho ilícito y su aseguradora. Accidente que ocurre en el trayecto que va de su domicilio al trabajo. Obligación pura y simple. Constitución en mora. Obligación concurrente.

La Cámara Civil y Comercial (Sala I) de La Matanza, en la causa Nº 5531, resolvió revocar la sentencia apelada y, en consecuencia, hacer lugar a la presente demanda, condenando al accionado C. I. M. y su aseguradora citada en garantía -en la medida de la cobertura contratada- a abonar a la ART demandante, la suma aquí ordenada ($274.144,09), con más los intereses fijados en el apartado "IV", desde la fecha de la mora fijada para cada uno de los accionados, hasta su efectivo pago, en el plazo de diez días de quedar firme la presente, bajo apercibimiento de ejecución.

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Tribunal de Casación Penal (Sala V). Derecho del imputado a confrontar a los testigos de cargo. Principio de contradictoriedad. Incorporación por lectura (art. 366 C.P.P.).

El Tribunal de Casación Penal (Sala V) hizo lugar, sin costas, al recurso de casación interpuesto contra la sentencia dictada por el Tribunal en lo Criminal Nº2 del Departamento Judicial Avellaneda Lanús, que había condenado a Christian Gabriel Salazar a la pena de cuatro años de prisión, accesorias legales y costas, por resultar autor penalmente responsable del delito de robo agravado por el empleo de arma impropia en grado de tentativa; casó parcialmente el fallo por haber aplicado erróneamente los artículos 211 y 366, párrafo sexto, del Código Procesal Penal y recalificó el hecho como constitutivo del delito de robo simple en grado de tentativa y, en consideración a ello y a la pauta agravante ponderada, fijó la pena en tres años de prisión, accesorias legales y costas, más su declaración de reincidencia.

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