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Registro de Habeas Corpus


Institucional


El registro de Hábeas Corpus fue creado por Ac. 3595 de la Suprema Corte de Justicia de fecha 27 de junio de 2012, ello en virtud de la obligación impuesta en el art. 8º del Ac. 3415, dirigida a generar una base de datos, que permita una adecuada sistematización de aquellos, garantizándose el acceso a la información colectada a los miembros del Poder Judicial, Ministerio Público, y diversos organismos, sean éstos gubernamentales o no .
Dicha norma se halla en línea con todas las decisiones que el Superior Tribunal adoptó respecto de la necesidad de permitir y facilitar el acceso de los distintos actores involucrados con la problemática de las condiciones de detención en la Provincia, a los registros de datos que en la esfera pública se elaboraran (por todas, cfr. Resolución de Corte Nº 2528/06; Resolución de Corte Nº 58; Resolución de Presidencia Nº 262/05 -citadas en el considerando II.-, acápites f) y g), del Ac. 3415-; Resoluciones de Presidencia Nº 116/12; 117/12; 134/12; vista otorgada en Expte. SDH Nº 105/11 -art. 9, Ac. 3415-; Ac. 3632).
Cabe destacar que la herramienta creada fue abordada en distintas Mesas de Trabajo de la que participaron Representantes de la entonces Subsecretaría de Derechos Humanos de las Personas Privadas de Libertad de la Suprema Corte, de la Defensoría del Tribunal de Casación Penal, de la Comisión Provincial por La Memoria y del C.E.L.S., a fin de lograr un sistema de fácil, seguro y rápido acceso a la información allí colectada, por parte de todos los actores interesados.
Asimismo, por Ac. 4149 registrado el 7 de mayo de 2024 la Suprema Corte dispuso que las funciones asignadas por Ac. 3536 –texto según Acuerdo 4078- a la Subsecretaría de Derechos Humanos sean absorbidas por la Autoridad de Implementación y Seguimiento para el cumplimiento del Programa de la Sentencia -A.P.C.S.-.
En ese orden, a tenor de lo establecido por el art. 8º del Ac. 3415 y lo normado por el Acuerdo 4149, todas las presentaciones de habeas corpus que se intentaren ante la jurisdicción provincial, mediante las que se denuncie un posible agravamiento de las condiciones de detención, se anoticiarán a la -A.P.C.S.- informándose las medidas que se hubieran adoptado y adjuntando la documentación pertinente al domicilio electrónico apcs@jusbuenosaires.gov.ar.
Para poder ingresar en dicho Registro, los operadores y demás Organismos Gubernamentales o no Gubernamentales, contarán con un usuario y una clave que será asignada por la Subsecretaría de Tecnología Informática de este Tribunal a través de la A.P.C.S. (véase Anexo Ac. 3595 y Ac. 4149).

ACCESO AL REGISTRO DE HABEAS CORPUS



Teléfono: (0221) 410-4400 int. 42984
Correo electrónico: apcs@jusbuenosaires.gov.ar