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ALLANAMIENTO DE DOMICILIO -Consentimiento - Sujetos legitimados


La Sala I del Tribunal de Casación, en causa nº 18.856, se refirió a los sujetos legitimados para consentir el ingreso de personal policial a una vivienda, sin orden judicial de allanamiento, disponiendo –por mayoría- que: constitucionalmente, tanto el tenedor, como el poseedor y, desde luego, el propietario, tienen en su favor lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley suprema. De ahí que esté en su derecho permitir o no el acceso de la autoridad pública y, desde luego, a sus amigos o a los simples operarios de un servicio público que pretenden arreglar cables, cañerías, etc. Negarlo sería negar la prerrogativa misma. Consecuentemente, se encuentra legitimada para consentir el ingreso de personal policial, sin orden judicial de allanamiento, quien moraba en dicha vivienda, ejerciendo su tenencia (delegada o no).





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