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Resolución 1387/10. Registro y la distribución de causas en Juzg. y Trib. de los Fueros Penal y de Responsabilidad Penal Juvenil a través de la Receptoría de Expedientes descentralizada correspondiente.


Con fecha 19 de mayo de 2010, la Suprema Corte de Justicia dispuso que el registro y la distribución de causas en los Juzgados y Tribunales del Fuero Penal y del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil, que funcionen en sedes donde no tenga asiento la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal, se efectúe por intermedio de la Receptoría de Expedientes descentralizada correspondiente.





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