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Cám. Cont. Adm. La Plata. Amparo ambiental. Obras de saneamiento del arroyo "Azul" de Villa Elisa. Prevención de inundaciones. Condena por omisión a los Estados provincial y municipal.


Con fecha 16 de marzo de 2010, la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo con asiento en La Plata, en la causa 9864-M, resolvió, por mayoría, que la responsabilidad por la inejecución de las obras en el curso del Arroyo 'Azul' de Villa Elisa recaen de manera exclusiva en la Provincia de Buenos Aires, Ministerio de Infraestructura, de Dirección Provincial de Saneamiento y Obras Hidráulicas de la Provincia y estableció que incumbe a la Municipalidad de La Plata, el relevamiento y verificación de las obras existentes cerca de los cursos de agua (terraplén, alambrados) y realizar los trabajos de desmalezamiento, limpieza, desobstrucción y mantenimiento de los cursos y adyacencias del Arroyo Azul.





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