Conflicto de Poderes Municipal - Efectos
Con fecha 7-2-2007, la Suprema Corte en autos 'Intendente Municipal de San Andrés de Giles c/ Concejo Deliberante de San Andrés de Giles s/ Conflicto art. 196 Const. Prov.', causa B.68.725, resolvió a los fines de la remisión de los antecedentes del conflicto, librar oficio al titular del Departamento Deliberativo de la Municipalidad de San Andrés de Giles, quien en el término de cinco días deberá enviar a este Tribunal los antecedentes relacionados con las normas impugnadas; correr traslado de la presentación efectuada por el término de cinco días al Presidente del Concejo Deliberante de la Municipalidad demandada; y suspender los efectos de la Ordenanza nº 1074/06 y del Decreto nº 290/06, hasta tanto se dicte resolución definitiva en este conflicto (arts. 196 Const. Prov. y 261, siguientes y concordantes del decreto ley 6769/58).