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AGRAVANTE CALIFICATIVA DEL ART. 41 QUATER DEL CODIGO PENAL - Elemento subjetivo - Acreditación


La Sala II del Tribunal de Casación, en causa nº 21.733, dispuso que, en cuanto el artículo 41 quater del Código Penal impone como requisito típico el conocimiento por parte de los mayores que están cometiendo el hecho con menores de dieciocho años de edad, no existiendo ningún elemento de cargo dirigido a corroborar dicha circunstancia por fuera de las numerosas constancias que acreditan la minoridad del coimputado, corresponde la eliminación de dicha agravante calificativa.





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