Feria Judicial y Servicio de Feria del 1 al 31 de enero de 2010. (Cámaras de Apelación)
Con fecha 23 de septiembre de 2009 la Suprema Corte de Justicia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 32 de la Ley 5827, A C U E R D A disponer que durante la Feria Judicial del mes de enero del año 2010 en las causas que motiven la habilitación del feriado en las Cámaras de Apelación de la Provincia, conocerán exclusivamente las que a continuación se detallan -sin perjuicio de la división territorial fijada por Ley 5827- de acuerdo al fuero y a los grupos que se enuncian: