Registro Nacional de Armas de Fuego y Materiales Controlados Secuestrados e Incautados (RENAR).
Por Res. 3494/09 la Suprema Corte conjuntamente con la Sra. Procuradora General resuelven disponer que los magistrados a cargo de los órganos jurisdiccionales de los fueros penal y de la responsabilidad penal juvenil competentes, en el término de 20 días, remitan a las Fiscalías Generales de la Provincia, copia certificada de las sentencias o resoluciones firmes que ordenaren el decomiso de armas y/o efectos, a fin de vincular la información con la obrante en el área de efectos del Ministerio Público, siempre que los mismos no hayan sido ya decomisados y dispuestos, en el marco del Acuerdo citado.