Cám. Contenc. Adm. San Martín. Arbanet – Amparo - Vía Procesal – Reconducción – Precautelar.
Con fecha 23 de junio de 2009, la C.C.A.S.M., causa Nº 1717-SM, 'Sorrentino, Domingo Vicente c/Arba s/Amparo', confirmó el rechazo in limine del amparo promovido por un contribuyente a fin de que se declare la nulidad de la Resolución 111/08, cuya aplicación en la determinación de un anticipo del impuesto sobre los ingresos brutos fue sustancialmente mayor al que venía abonando con anterioridad a la instauración del sistema Arbanet. Ordenó al ARBA abstenerse de iniciar o proseguir cualquier reclamo administrativo o judicial tendiente a percibir el referido anticipo. Consideró que existía, un remedio ordinario a efectos de procurar el restablecimiento del derecho que el apelante considera vulnerado y que no se advertía su insuficiencia a tales fines. Agregó que podía obtener la protección cautelar de los derechos que se reputan lesionados, mediante los cauces procesales ordinarios y a través de medidas cautelares (arts. 22 y 77 de la ley 12.008 –to. seg. ley 13.101; 230 y concs. CPCC). Consideró que, si bien el proceso no podía continuar bajo la tipología escogida por el accionante, correspondía su reconducción conforme a la ley 12.008 y a tales efectos lo remitió a la instancia de grado.