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Con fecha 5-10-2006, la Cámara de Apelación Civil y Comercial Sala Segunda de Azul, resolvió rechazar la excepción de falta de legitimación pasiva interpuesta por la Provincia de Buenos Aires, demandada por la actuación de una Cooperadora Escolar; admitir la excepción de prescripción deducida por esa parte, toda vez que es inaplicable al Estado Provincial como persona jurídica el supuesto del art.3982 bis del Código Civil sobre los efectos suspensivos de la querella criminal; y condenar a la Municipalidad de General Lamadrid, a la entidad organizadora de la rifa y a las personas físicas que la integran por el incumplimiento en la entrega de los premios.





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