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PRISIÓN PREVENTIVA - Cómputo privilegiado


La Sala I del Tribunal de Casación Penal, en causa nº 20.733 y acum. Nº 23.868, estableció –por mayoría- que siendo inconstitucional el cómputo duplicado que estatuye el artículo 24 del Código Penal, automáticamente pasa a actuar en plenitud el cómputo privilegiado de la Ley 24.390.





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