Ac. Nº 3457/09. Excedentes en los Jardines Maternales del Poder Judicial. Reconocimiento por reintegro de gastos.
Con fecha 9 de septiembre de 2009 la Suprema Corte dispuso que 'a partir de la próxima inscripción de admisión de los niños de agentes judiciales a los fines establecidos en el Acuerdo nº 2620, el excedente de inscriptos en los Jardines Maternales del Poder Judicial o en el caso de aquellas departamentales en las cuales no se cuenten con dichos Jardines, podrán -a elección de sus padres- concurrir a establecimientos privados, reconociéndose el reintegro del gasto por tal concepto hasta el monto máximo referencial equivalente al 50 % del sueldo básico de Auxiliar 6º, los que serán abonados en forma mensual.'