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Tasa de justicia - Pago


Con fecha 20-9-2006, en el marco de un requerimiento de homologación del acuerdo al que arribaran las partes, la Suprema Corte en autos 'Empresa P.B.P. S.A. y Xuca S.A. c/ Municipalidad de Vicente López s/ Demanda contencioso administrativa', causa B.49.956, resolvió que previo a todo trámite se practique por Secretaría la liquidación de tasa de justicia y se intime a su pago, y que oblada la misma, vuelvan los autos al Acuerdo, para recién entonces considerar el pedido de homologación.





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