Cám. Civil y Comercial de Junin. Escrituración.
Con fecha 25 de agosto de 2009, la Cámara Civil y Com. de Junín confirmó la sentencia de primera instancia desestimatoria de la pretensión de escrituración por considerar que el saldo de precio abonado a uno sólo de los herederos del vendedor, a quien se consideró como un gestor de negocios ajenos, era inoponible a los restantes.