Ebriedad - Inconstitucionalidad
El 4/9/06 en causa Nº4493 el Juzgado en lo Correccional Nº1 de Necochea resolvió declarar la inconstitucionalidad del art. 72 del Decreto Ley 8031/73 (Código Contravencional) al considerar que la acción de beber -moderadamente o en exceso- es un comportamiento personal que desde un punto de vista objetivo, solo puede ser agresivo para quien lo sufre, ya que forma parte de la forma de conducción de la vida que cada uno escoge, y que lejos de contravencionalización, debería ser merecedor de ayuda y auxilio, quedando por tanto, completamente amparado por el principio de reserva del artículo 19 de la Constitución Nacional.