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Medidas para mejor proveer - Alcance


Con fecha 6-9-2006, la Suprema Corte en autos 'V., F. A. c/ Caja de Previsión Social para Agrimensores, Arquitectos, Ingenieros y Técnicos de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa', causa B.63.050, resolvió, atento al estado de la causa y con el objeto de esclarecer la verdad de los hechos controvertidos y mejor proveer a la resolución del caso planteado, suspender el llamamiento de autos para dictar sentencia y remitir el expediente a la Dirección General de Asesorías Periciales, para la designación de un perito médico psiquiatra, quien deberá expedirse sobre el estado de salud del actor, si ha padecido o padece la patología denunciada y en caso afirmativo, origen, tratamiento, pronóstico y el grado de incapacidad para el ejercicio de la profesión que ello le representa; en particular, el experto deberá explicar si el grado de incapacidad se hallaba presente al momento en que el actor solicitó la jubilación por invalidez o, en su caso, determinar el porcentaje de minusvalía en ese momento (arts. 39 inc. 3º de la Constitución de la Provincia; 36 inc. 2º del C.P.C.C.; 46 y 77 inc. 1º, ley 12.008 -texto según ley 13.101-).





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