Res. 12. Asueto con suspensión de los términos procesales (Res. 2051/09 y 2071/09). Aplicación en los fueros penal y de responsabilidad penal juvenil.
Con fecha 15 de julio de 2009, la Suprema Corte de Justicia, a través de su Presidencia, dispuso hacer saber a los Sres. Magistrados del Fuero Penal y del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil de la Provincia, que –en el marco de las normas de procedimiento vigentes en cada caso-, deberán adoptar los recaudos necesarios a fin que, el asueto y la suspensión de términos procesales dispuestos por Resoluciones Nº 2051/09 y 2071/09, no entorpezcan el ejercicio de los derechos y garantías instituidos por los artículos 18 de la Constitución Nacional y 15 de la Constitución Provincial, no obstante la situación de emergencia sanitaria declarada.