Causa I. 77.164 ("Asociación Civil Sin Fines de Lucro Foro Medio Ambiental- FOMEA"). Ecoparque "San Nicolás". Pedido de levantamiento parcial y provisorio de la medida cautelar suspensiva.
La Suprema Corte de Justicia, por mayoría, rechazó el pedido formulado por la Municipalidad de San Nicolás para que se habilite el uso público y recreativo de las Playas 'El Arenal' y 'Barranquitas' que componen el espacio recreativo del área insular del denominado 'Ecoparque San Nicolás'.
El voto de la mayoría sostuvo que las condiciones que habían dado origen al dictado del remedio preventivo no habían variado. En particular, entendió que el 'Plan de Conservación del Bosque Nativo del Ecoparque de San Nicolás y sus zonas colindantes' presentado no constituía un programa concreto, verificable y exigible de recomposición ambiental de las áreas degradadas, con metas cuantificables, cronogramas, indicadores de seguimiento y mecanismos idóneos de auditoría pública.
Por su parte, la minoría señaló que, el municipio acreditó con claridad las estrategias de manejo y conservación del área insular que permitirían compatibilizar razonablemente la necesaria protección del ambiente junto con el derecho de la población a gozar de éste, a través del uso racional y sustentable de los recursos naturales.
De este modo, estimó viable hacer lugar al pedido, bajo el estricto cumplimiento de una serie de condiciones temporales y materiales, cuyo control y fiscalización estaría a cargo del Ministerio de Ambiente de la Provincia.