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Causa C124105 ("Bianco"). Justicia de Paz. Régimen y evolución histórica. Letrados "Ad hoc". Aportes a la seguridad social. Caso individual de implicaciones colectivas. Programa de implantación de órganos.


La Suprema Corte de Justicia, en la causa C. 124.105, 'Bianco, Norma Beatriz contra Lazarte, Hugo Rubén Actuaciones complementarias art. 250 CPCC en autos Bianco, Norma Beatriz contra Lazarte, Hugo Rubén Incidente aumento de cuota alimentaria', resolvió hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto declarando que los honorarios fijados con cargo al Ministerio Público deben estimarse complementados con los aportes previstos en el art. 12 inciso a), parte final, de la ley 6716 (art. 289 CPCC). En cuanto concierne a la exigibilidad del pago de lo adeudado al impugnante habrá de estarse a la reglamentación que al efecto deberá dictar la Procuración General, en función de sus disponibilidades presupuestarias y con el alcance establecido en los puntos III.16 y V, primer párrafo, del voto del Ministro ponente (art. 289, CPCC). En relación al aspecto estructural de la cuestión, de conformidad a las consideraciones señaladas en el capítulo IV.5. del voto que abre el acuerdo, deberá cumplirse con el programa de actuación cuyas bases generales se enuncian, el que ha de ser elaborado y aprobado, en los términos allí establecidos, por la Procuración General. A esos efectos corresponde iniciar tramitaciones en sede administrativa del Tribunal y a la vez encomendar a la Procuración General la formación de actuaciones en el ámbito de superintendencia del Ministerio Público con copia del presente pronunciamiento. A los fines de la provisión de los cargos presupuestarios necesarios para cumplir la encomienda prevista en esta sentencia, se exhorta al Poder Ejecutivo, en la forma de estilo.





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