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SUCUESTRO DE EFECTOS - Operativo público de control - Validez


La Sala III del Tribunal de Casación, en causa nº 14.013 –nº 3297 del Reg. de Sala-, estableció que resulta válido el secuestro de piezas de vehículos con pedidos de secuestro activos provenientes de diversos ilícitos llevado a cabo en un comercio de autopartes, por personal de la Dirección de Prevención de Delitos contra la propiedad del Automotor del Ministerio de Seguridad en el marco de un operativo público de control motivado en políticas tendientes a la prevención de delitos, dando la inmediata comunicación al Ministerio Público Fiscal y al Juez de Garantías en turno tal como exige el inciso 5º 'in fine' del artículo 294, en relación al 219, 222 y concordantes del Código Procesal Penal y en el marco legal correspondiente a la inspección y verificación de los registros conforme a lo normado por el artículo 87 inciso 'b' del Decreto 8031/77.





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