C. 101873. Domicilio social a los fines del concurso.
Con fecha 18 de marzo de 2009, la Suprema Corte de Justicia, en la causa 'Cierres Love S.A.I.C. Concurso preventivo', dispuso rechazar el recurso extraordinario interpuesto, en tanto que los fundamentos confirmatorios de la declaración de incompetencia operada en origen no han logrado ser rebatidos por quien recurre, quien no ha aportado una argumentación acorde con la exigencia legal del art. 279 del Código Procesal Civil y Comercial.