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PENA DE RECLUSION


El Tribunal de Casación, Sala I, en causa nº 9638, dispuso –por mayoría- que no obstante ser cierto que la Ley 24.660 ha equiparado la ejecución de las penas privativas de libertad, ello no implica per se que la pena de reclusión se encuentre virtualmente derogada ya que, conforme se desprende de los artículos 5, 7, 10, 13, 24, 26, 44, 46 y 57 del Código Penal, aún subsisten importantes diferencias en los efectos de las penas de reclusión y prisión, traducidas en una diversa afectación de la libertad de los condenados.





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