Ingresar a la versión accesible

Riesgos del trabajo. Enfermedades profesionales. Enfermedades del trabajo. Inconstitucionalidad del art. 6, ap. 2, ley 24.557.


Con fecha 17 de diciembre de 2008, la Suprema Corte de Justicia, en la causa `Buttice, C. A. contra Du Pont Argentina SA s/ Daños y perjuicios´, declaró, por mayoría, la inconstitucionalidad del art. 6, ap. 2, de la ley 24.557 (texto original), enfatizando que la definición expuesta en dicha norma, concerniente a que 'las enfermedades no incluidas en el listado, así como sus consecuencias, no serán consideradas resarcibles', pone en evidencia la ruptura del sistema legal ordenado por el legislador con la Constitución nacional. En ese orden, reconocida la obligación a cargo de la ART por el otorgamiento de todas las prestaciones de la ley especial, aun cuando la enfermedad provocada por el trabajo no esté incluida en el listado, la Suprema Corte advierte que dicha circunstancia no excluye la posibilidad de reclamar al empleador la porción del daño no reparado por el régimen especial, debiéndose abordar -en tal caso- el control de constitucionalidad del art. 39 de la misma ley.





Archivos asociados: 91163.DOC 99 Kb.