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Con fecha 23-2-2006, la Cámara Primera de Apelación Civil y Comecial Sala Primera de Mar del Plata resolvió ante el planteo de inconstitucionalidad de los arts. 1 y 8 del decreto ley 214-02 y art. 11 de la ley 25561, y ante la excepción de inhabilidad de título basada en la interpretación y alcances del art. 1582 bis del Código Civil según ley 25628.