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A68782 – Art. 74, ley 12.008 –texto según ley 13.325- Impugnación de actos de colegios o consejos profesionales – Control judicial suficiente.


Con fecha 22 de diciembre de 2008, la Suprema Corte, por mayoría, en la causa 'Colegio de Bioquímicos de la Provincia de Buenos Aires c/ M.H.M. s/ Acción disciplinaria', resolvió rechazar el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por el Colegio de Bioquímicos de la Provincia de Buenos Aires, contra la sentencia dictada por la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de San Martín que había declarado la inconstitucionalidad del artículo 74 de la ley 12.008 -texto según ley 13.325-. Luego de analizar pormenorizadamente las cuestiones implicadas (alcance del principio de división de poderes, posibilidad de declaración de oficio de la inconstitucionalidad de normas, alcance de la revisión judicial de actos sancionatorios dictados por autoridades públicas no estatales, derecho de defensa en juicio), la mayoría del Tribunal confirmó la sentencia recurrida por considerar, básicamente, que el sistema instaurado por la norma en cuestión no garantiza, a la luz de las disposiciones de rango constitucional, un control judicial suficiente y adecuado, con posibilidad amplia de prueba y debate sobre los hechos y el derecho aplicable.





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