Acuerdo 3862/17. Potestad reglamentaria de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Mar del Plata para afrontar la falta de un vocal.
La Suprema Corte de Justicia estableció que ante la desintegración prolongada en el
tiempo por vacancia o licencia de un titular de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial Mar del Plata, los miembros que la componen
podrán establecer mediante su potestad reglamentaria el mecanismo adecuado
legalmente para facilitar la tarea de su Presidente en todas sus funciones.