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Tribunal de Casación Penal. Sala IV. Prueba. Apreciación. Falta de Certeza convictiva.


La Sala IV del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, en causa nº 81.260 caratulada 'Pucheta, Darío Ezequiel y Zapata, Gabriel Emanuel s/ Recurso de Casación interpuesto por el Particular Damnificado' y su acumulada causa nº 81.279 caratulada 'Pucheta, Ezequiel Darío y Zapata, Gabriel Emanuel s/ Recurso de Casación interpuesto por el Agente Fiscal', determinó que, la sentencia de condena y, por ende, la aplicación de una pena, solo puede estar fundada en certeza de que el Tribunal falla acerca de la existencia de un hecho punible atribuible al acusado.
Asimismo sostuvo que, la falta de certeza representa la imposibilidad del Estado de destruir la situación de inocencia, construida por la ley (presunción), que ampara al imputado, razón por la cual ella conduce a la absolución. Cualquier otra posición del juez respecto de la verdad, la duda o la probabilidad, impiden la condena y desembocan en la absolución.
Finalmente concluyó que, tanto el hecho -en el caso, homicidio calificado criminis causae y portación ilegal de arma de guerra-, como la autoría de los aquí enjuiciados, solo se configura como una posibilidad de ocurrencia, toda vez que, luego de la evaluación del material probatorio, sólo surgen sospechas, hipótesis o posibilidades, más no la certeza convictiva necesaria para imponer una sentencia condenatoria.





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