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Régimen de presentaciones electrónicas. Disposiciones para su uso durante el el mes de enero de 2017


Por Res. Cte. Nº 2915/16 se dispone que el régimen de presentaciones electrónicas establecido por la Resolución Nº 3415/12 y modificatorias no podrá utilizarse durante el mes de enero de 2017 para las actuaciones que se lleven a cabo en asuntos de urgente despacho (art. 153 del C.P.C.C., 2 del Decreto Ley 7951/72, 139 del C.P.P. y normativa concordante), las cuales tendrán que instrumentarse exclusivamente en soporte papel.





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