Causa "Trofe". Enfermedad profesional. Crédito laboral. Aplicación de tasa pasiva más alta fijada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires.
Con fecha 15 de junio de 2016, la Suprema Corte de Justicia, en la causa L. 118.587 'Trofe, Evangelina Beatriz contra Fisco de la Provincia de Bs. As. Enfermedad profesional', resolvió declarar la validez constitucional del art. 86
de la ley 14.552 en cuanto a la modificación que introdujo
al art. 56 de la ley 11.653 y, por ende, bien concedido el
recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído. En
cuanto a su procedencia, por mayoría, dispuso hacer lugar
parcialmente, declarando la inconstitucionalidad de la ley
14.399 y revocando la sentencia en lo relativo a la tasa
que declaró aplicable para el cálculo de los intereses, los
que deberán liquidarse con arreglo a la pasiva más alta
fijada por el Banco de la Provincia de Buenos en sus
depósitos a treinta (30) días, vigente al inicio de cada
uno de los períodos comprendidos y, por aquellos días que
no alcancen a cubrir el lapso señalado, el cálculo debe ser
diario con igual tasa, desde la fecha del hecho dañoso
hasta el día de su efectivo pago (arts. 622 y 623, Código
Civil de Vélez Sarsfield; 7 y 768, inc. 'c', Código Civil y
Comercial de la Nación; 7 y 10, ley 23.928 y modif.).