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Cámara Primera Civil y Comercial de Bahía Blanca. Juicio de alimentos. Reducción de cuota fijada en primera instancia. Devolución de los alimentos percibidos en exceso.


Con fecha 16 de Febrero de 2016, la Cámara Primera Civil y Comercial de Bahía Blanca en la causa Nº 37 'S. M. E. C/ C. M. F. S/ ALIMENTOS', resolvió modificar la resolución apelada, disponiéndose que la intimación a abonar en concepto de alimentos provisorios adeudados es por la suma de $ 9.000, con costas al obligado (art. 556 del C.P.C).





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