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Tribunal de Casación Penal - Homicidio en ocasión de robo - Culpabilidad - Participación criminal


Con fecha 28 de agosto de 2008, la Sala I del Tribunal de Casación Penal, en la causa nº 13.237 'G., M. F. y otro s/Recurso de casación', estableció, por el voto de la mayoría, que en el robo calificado del artículo 165 del Código Penal la muerte resultante puede ser tanto dolosa como culposa y, salvo caso fortuito, en el mismo quedan incursos todos los que hubiesen participado en el desapoderamiento violento aún cuando no hayan sido autores de la muerte, desde que el grado de participación debe analizarse respecto del ilícito base y no con relación al resultado cualificante.





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