Ingresar a la versión accesible

Causa C118.781. Reconocimiento de la socioafectividad en las relaciones del niño y adolescente. Derecho de comunicación con referente afectivo.


Con fecha 11 de noviembre de 2015, la Suprema Corte de Justicia, en la causa C. 118.781 'A. , O.E. . Incidente', resolvió hacer lugar parcialmente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto, revocando la sentencia impugnada solamente en cuanto a la imposición de las costas de las instancias de grado, las que se distribuyen en el orden causado. Asimismo, exhorta al juzgado de origen a que proceda a informarle a O. E. A. las razones por las que son indispensables las medidas adicionales señaladas en el punto 5 ap. b) iii del voto que abre el acuerdo para que le brinde a la adolescente la posibilidad de contar con el acompañamiento psicológico señalado en el punto 6 del voto citado.





Archivos asociados: Ver sentencia (c118781).pdf 156 Kb.