Resolución 2299/15. Destrucción de expedientes del fuero penal. Modificación en su parte pertinente el inciso a) del artículo de la Resolución nº 3693/10.
Con fecha 14 de octubre de 2015, la Suprema Corte de Justicia resolvió modificar en su parte pertinente el inciso a) del
artículo Io de la Resolución nº 3693/10, el que quedará redactado de la siguiente forma: a) Se deberán destruir todas las causas archivadas o paralizadas incluidas en
el Art. 1º inciso a) del Acuerdo 3168 correspondientes a la materia correccional y, en materia criminal, aquellas cuya última actuación date del año 1998 inclusive, por entenderse cumplidos los diez (10) años y quince (15) años respectivamente, previstos para estos supuestos.