Causa "Cruglack".
Con fecha 9 de Septiembre de 2015, la Suprema Corte en la causa Nº 125.957 'Cruglack s/ Recurso de queja, en causa Nº 67.098 del Tribunal de Casación Penal, Sala III', resolvió desestimar, por inadmisible, la queja traída por los defensores particulares doctores José Arnaldo Equiza y Rodrigo Gabriel Bentaberry (art. 486 bis del C.P.P. según ley 14.647).