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Resolución 1170/15. Autorizaciones para la salida del país de menores de edad. Otorgamiento a cargo de los Jueces o Tribunales de Familia en turno o, en su caso, por los Jueces de Paz.


Con fecha 10 de junio de 2015, la Suprema Corte de Justicia dispuso que las autorizaciones para la salida del país de menores de edad deberán ser otorgadas por los Jueces o Tribunales de Familia en turno o en su caso, por ante los señores Jueces de Paz de la Provincia de Buenos Aires.





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