Tribunal de Casación Penal - Funcionarios policiales - Requisa personal - Estado de sospecha - Razonabilidad
Con fecha 24 de julio de 2008, la Sala II del Tribunal de Casación Penal, en la causa nº 9.914 'A., E. J. s/Recurso de Casación', ratificó la legitimidad de lo actuado por los preventores policiales –en el caso, requisa personal-, en circunstancias de urgencia y dentro del marco de una actuación razonable en el ejercicio de sus funciones específicas (art. 294, inc. 5º del C.P.P. -según ley 12.405-).