Causa L107.323. Libertad religiosa de trabajadora adepta a la Iglesia Adventista. Descanso preceptivo de los días sábado. Despido indirecto.
Con fecha 3 de diciembre de 2014 la Suprema Corte de Justicia,en la
causa L. 107.323, 'B., R. E. c/A. B. s/Despido' resolvió rechazar el
recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido por la
demandada contra la sentencia que la condenó al pago de las
indemnizaciones por despido. Con mayoría de fundamentos concordantes, la
Suprema Corte declaró que la exigencia patronal de que la trabajadora
que profesa la fe adventista realice sus tareas en los días sábado, que
es el día consagrado, según esa fe, a la adoración con la práctica del
culto -y, luego, sancionándola disciplinariamente ante cada ausencia
motivada en esa circunstancia- configuró una afectación grave de su
derecho a la libertad religiosa, sin que obste a ello -ante el contexto
fáctico evaluado- que la vigencia de esa decisión, que para la actora
importaba renunciar a principios cardinales de su fe, hubiese sido
adoptada por el empleador invocando el ejercicio de su facultad de fijar
el horario de prestación de servicios.