Acuerdo 3721/14. Registro Público de Procesos de Incidencia Colectiva. Régimen de comunicaciones electrónicas. Aplicación a los procesos colectivos.
Con fecha 13 de agosto de 2014, la Suprema Corte de Justicia acordó modificar el texto del artículo 4 del Acuerdo 3660, el que quedará redactado de la siguiente manera: 'Delegar en la Presidencia del Tribunal la determinación de la fecha de inicio de actividades del Registro creado, y las cuestiones operativas inherentes a dicha puesta en funcionamiento'.