Cám. Civil y Com. Sala II. Bahía Blanca. Incidentes concursales. Sentencia que pone fin a los incidentes. Notificación por ministerio de la ley . Notificación por cédula
Con fecha 2 de septiembre, la Cámara Civil y Comercial Sala II de Bahía Blanca, en la causa 'Fisco Nacional (AFIP-DGI) c/Nestor Luis Serron y Cía. SRL s/ incidente de verificación de crédito', confirmó -por mayoría- la sentencia de 1º instancia que denegó el Recurso de queja contra la resolución por la cual declaró extemporáneo el recurso interpuesto contra sentencia que puso fin al incidente en un concurso preventivo, interpretando que la notificación de la sentencia que pone fin a los incidentes concursales se notifica por ministerio de la ley; diga o no, la resolución: 'notifíquese'; con la disidencia del doctor Peralta Mariscal, que sostuvo que dicha sentencia debe notificarse por cédula en todos los casos según lo ha dicho la SCBA en carácter de doctrina legal, y mucho más, si la resolución indica 'notifíquese'.