Cámara de Apelación Civil y Comercial (Sala III) de Mar del Plata. Alimentos. Principio de solidaridad familiar. Abuelos. Carácter subsidiario o sucesivo. Procedencia.
Con fecha 13 de mayo de 2014, la Cámara de Apelación Civil y Comercial (Sala III) de Mar del Plata, en la causa 155.371 'U., L. J. C/ P., I. Y OT. S/ ALIMENTOS ', confirmó la sentencia de grado, disponiendo que los abuelos abonen una cuota alimentaria a su nieto.