Suscripción de cargos en escritos judiciales. Recordatorio Art. 124 C.P.C.C.
Por Ac. 3695 se recuerda a la totalidad de los órganos jurisdiccionales de Administración de Justicia, Tribunal de Casación Penal, Cámaras de Apelación y a las Secretarías y demás dependencias de la Suprema Corte de Justicia, que deberán adoptar las medidas pertinentes para dar estricto cumplimiento a las previsiones del art. 124 del C.P.C.C, en cuanto a la suscripción de los cargos en los escritos y presentaciones judiciales