Ril. Proceso - Prescripción – Declaración de oficio – Derecho a obtener un pronunciamiento en un plazo razonable– Arts. 7.5 y 8.1, C.A.D.H., y 14.3.c, P.I.D.C. y P.
La Suprema Corte resolvió asumir competencia positiva y dada la magnitud del tiempo transcurrido, declaró la extinción de la acción penal por prescripción en la presente causa respecto del procesado, en la medida en que ella constituye la vía jurídica idónea para determinar el cese de la potestad punitiva estatal por el transcurso del tiempo, en resguardo del derecho constitucional a obtener un pronunciamiento sin dilaciones indebidas.