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Fallos (Q72.700 y Q72.701). Elecciones Primarias. Anulación de decisiones de la Junta Electoral provincial. Participación de listas del Frente Progresista Cívico y Social en La Plata y Magdalena.


Con fecha 6 de agosto de 2013, la Suprema Corte de Justicia, en las causas Q72.700 y Q72.701, resolvió hacer lugar a los recursos extraordinarios de inaplicabilidad de ley deducidos en ambos casos, anular en lo pertinente las decisiones de la Junta Electoral de la Provincia y condenar a éste órgano a que arbitre, en tiempo idóneo, las medidas que resulten necesarias para la participación de las listas de precandidatos locales Nº 106, denominada 'Renovación Progresista', en las elecciones primarias de la Alianza Transitoria 'Frente Progresista Cívico y Social' a llevarse a cabo el próximo domingo en la Sección Capital, distrito La Plata (Q72.700); y Nº 124, denominada 'Unidad Progresista', en las elecciones primarias de la Alianza Transitoria 'Frente Progresista Cívico y Social' a llevarse a cabo el próximo domingo en la Sección Tercera, distrito Magdalena (Q72.701).





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