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Cám de Apel en lo Cont Adm de San Martín. Responsabilidad del estado provincial. Responsabilidad solidaria del conductor de la ambulancia.


Con fecha 6 de junio de 2013, la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo con asiento en San Martín en la causa 3.559, 'V., R. C. c/ D., R. y otro s/ pretensión resarcitoria de daños y perjuicios', resolvió hacer lugar en forma parcial a los recursos de apelación interpuestos por la parte actora y por la Fiscalía de Estado. Asimismo confirmó la sentencia de primera instancia, con la salvedad de lo resuelto en referencia a la responsabilidad del conductor de la ambulancia, a las indemnizaciones establecidas en concepto de daño psicofísico y daño moral y al cómputo de los intereses relacionados con la incapacidad sobreviniente. Condenó - en forma solidara a la Provincia de Buenos Aires - al conductor de la ambulancia señor R. D. Para así decidir consideró, en lo que interesa, que se trataba de una ambulancia que trasladaba a una paciente para hacerse un estudio de un nosocomio a otro, no dándose las circunstancias que habilitan a un servicio de ambulancia a soslayar la observancia estricta de las reglas de tránsito por cuestiones de urgencia (el conductor informó a fs. 291 que circulaba sin sirenas y no iba de emergencia con las luces correspondientes prendidas).





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