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Cámara Civil y Comercial, Sala III de Mar del Plata. Divorcio vincular. Art. 215 del Código Civil. Inconstitucionalidad.


Con fecha 23 de Abril de 2013, la Cámara Civil y Comercial, Sala III de Mar del Plata, en la causa ' Navarro, Elisabet y Castro, Oscar Manuel s/ Divorcio vincular', declaró la inconstitucionalidad del art. 215 del Código Civil en cuanto establece el plazo de tres años para que los cónyugues en presentación conjunta requiere el divorcio vincular y en consecuencia revocó la sentencia del Juez de Primera Instancia.





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