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Resolución Interna Nº 889 - imposibilidad de adelantar las fechas de evaluación conforme Ley 26.657


RESOLUCION INTERNA Nº 889 La Plata, 12 de marzo de 2013. VISTO: Los diversos requerimientos provenientes de los Juzgados Civiles y Comerciales del departamento judicial de Mar del Plata, de adelantamiento de fecha de evaluación conforme Ley 26.657 por parte de la Asesoría Pericial departamental, y CONSIDERANDO: Que no obstante resultar atendible las quejas formuladas por los magistrados por las fechas otorgadas para las evaluaciones requeridas, en muchos casos establecidas para el año 2015, es materialmente imposible por parte de la dependencia involucrada, hacer lugar a lo solicitado, atento al cúmulo de trabajo existente frente a la falta de profesionales, situación que se reitera a nivel provincial. POR ELLO, el Director General de Asesorías Periciales de conformidad a lo dispuesto por el art. 1) de la Acordada nº 2389 de la Suprema Corte de Justicia del 12 de septiembre de 2012, modificada por Acordada 249 del 27 de febrero del corriente año, RESUELVE Artículo 1º) Disponer la imposibilidad de adelantar las fechas de evaluación conforme Ley 26.657 fijadas por la Asesoría Pericial de Mar del Plata, hasta tanto se revierta la situación actual de cúmulo de trabajo y falta de profesionales en las áreas afectadas. Artículo 2º) Regístrese, comuníquese y archívese.