Resolución Interna Nº 877 - En caso de ausencia del Jefe o Coordinador de la Asesoría Pericial o Cuerpo Técnico
El Director General de Asesorías Periciales en uso de las facultades otorgadas por las Acordadas 1793 y 3536 de la S.C.J.B.A.
RESUELVE:
Artículo 1º) Disponer que en caso de ausencia momentánea del Jefe o Coordinador de la Asesoría Pericial o Cuerpo Técnico del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil, respectivamente, éste deberá designar a un perito en su reemplazo, quien quedará a cargo de la Oficina mientras dure su ausencia, previa comunicación mediante oficio a esta Dirección General de Asesorías Periciales para su aprobación, debiendo ser adelantado al correo electrónico pericial-direcciongeneral@jusbuenosaires.gov.ar