Tribunal de Casación Penal, Sala I. Habeas corpus. Interes superior del niño. Medidas de coerción. Ley Nº 24.660, artículo 32. Principio de proporcionalidad.
Con sentencia del 20 de noviembre de 2012, en causa nº 55.761 'P., T. R. s/ Hábeas Corpus', la Sala I del Tribunal de Casación Penal estableció que, el otorgamiento de la atenuación de una medida de coerción, con invocación de los intereses superiores de los niños no puede desentenderse de probar en el caso concreto el peligro de una especial situación de vulnerabilidad.
Asimismo, se pronunció en el sentido que, con base en los intereses superiores de los niños, incluso cuando cuentan con menos de cinco años de edad -presupuesto que habilita la concesión de alternativas a la medida de coerción: art. 32 inc. f) ley 24.660- no resulta de aplicación automática y se encuentra sujeto a la apreciación jurisdiccional.